Demoras

Demoras
En caso de haber excedido el plazo libre para carga o descarga el tiempo excedente está sujeto al cobro de demoras de acuerdo con la tarifa de servicios diversos que se tiene establecida. En estos casos, se le hará llegar para su revisión, dentro los primeros 10 días de Mes inmediato un estado de cuenta indicando el valor de las demoras incurridas. Usted cuenta con 10 días hábiles para presentar sus aclaraciones. Una vez concluido el periodo se procede a facturar los cargos y presentarlos para que proceda a liquidar.